En síntesis, tenemos una
condición ineludible: asegurar al alumno el derecho a un
futuro
abierto, esto es, que no le haya sido anulada la capacidad futura de
elegir. Tenemos, también, dos condiciones complementarias: la no
restricción en el acceso del alumno
a un amplio repertorio de
fuentes de la cultura, y que el alumno no haya sido privado de
un
conjunto nuclear de principios y valores básicos como un mínimo
horizonte normativo, sin el cual quedaría en situación de vacío
axiológico.
Este modelo postula que
la educación impartida en los colegios y comunidades
que son
portadoras de concepciones finalistas de vida, es superior en su
capacidad
formativa a la que se puede impartir en las escuelas
pluralistas con el ideal de laicidad.
Objetan la postura que
sostiene que el niño debe permanecer sin ninguna fuente de
cultura
o educación religiosa hasta que deje de ser niño; como condición
para que
pueda “elegir libremente”, cuando sea adulto, la
religión o la irreligión. Supone esto, en
su opinión, que “la
mutilación o privación de todo conocimiento y disciplina
religiosas
del patrimonio cultural de Occidente en la enseñanza, es
una “liberación” del niño y no
una “privación” en la
cultura que tiene derecho a heredar”... “No enseñar al niño,
no
educarle hasta la edad en que fuera capaz de elección por sí
mismo, sería elegir para él
lo peor; sería traicionar su derecho
a recibir lo que le toca del patrimonio cultural común”. Por otra
parte, se afirma que “la formación primera del niño no traba sus
posibilidades críticas en la pubertad, con cuyos cambios se produce
una reforma de la idea del
cosmos y de la conducta frente al mundo,
y en los cuales el “yo” se descubre como
problema. Aquella
formación primera le fortalece y le prepara para la eficacia de su
actitud crítica. En cambio, lo que en su educación hubiese tenido
antes un sentido superficial o externo de proselitismo, será
eliminado. Queda de la educación el fruto del
cultivo de los
móviles. El proselitismo que busca los actos externos es superado.
Pero la
falta de normas y objetivos por ausencia de formación,
impedirá en la hora de la capacidad crítica, la posibilidad de
elegir compromisos y responsabilidades y desembocará
en las
indeterminaciones y riesgos de la carencia de personalidad”.
Daniel J. Corbo
Longueira, fragmento de su participación en
La educación como ética de la libertad
Fuente en línea: La educación como ética de la libertad, en formato PDF
Págs 114 y 120.
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